
DERECHOS Y OBLIGACIONES :
Esta información es valiosa no sólo para las personas indocumentadas sino para todo residente. Recuerde tener la precaución de llevar consigo cualquier documento que pruebe que usted esta legal en los Estados Unidos.
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El derecho de permanecer silencioso. La Constitución de los Estados Unidos le da a cada persona el derecho de no contestar preguntas sin abogado.
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El derecho de llamar a un abogado o a su familia si usted es detenido. Usted tiene el derecho de recibir la visita de un abogado si ya ha sido detenido (en la prisión de Inmigración).
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Si la policía le para en la calle pregunte si usted está libre para irse. Si ellos dicen que sí, se marcha. Si usted no está libre para irse, usted es retenido, pero esto no significa necesariamente que usted será detenido. Ellos están permitidos a registrarlo. Un registro es un palmadita hacia abajo en el exterior de su ropa. No consienta a más búsqueda. Si el oficial continúa, diga “yo no consiento, quiero hablar con mi abogado.”
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No firme nada. Puede ser que al firmar, usted ceda su derecho de tener un abogado o de aparecer delante de un juez
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No acepte “salida voluntaria.” Firmar un acuerdo de salida voluntaria significa que usted no tendrá audiencia, tendrá que salir del país y puede ser que nunca más le permitan entrar a los Estados Unidos o lograr la legalización de su estado migratorio.
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En la mayoría de los casos, Inmigración debe decidir dentro de las primeras 48 horas si se continua o no con el procedimiento de inmigración. Puede que sea (o no) mantenido bajo custodia o puesto en libertad bajo fianza.
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En la mayoría de los casos, usted tiene el derecho de pedir libertad pagando una fianza o de pedir una audiencia ante un juez para fijar una fianza. Sin embargo, si el juez piensa que usted no va a presentarse para su audiencia o que es un peligro para otros, emitirá una orden para que continué en la cárcel detenido.
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Los menores también tienen el derecho de permanecer silencioso.
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Los estudiantes en las escuelas publicas tienen el derecho de la Enmienda Primera para organizar políticamente. Sólo que esas actividades no deben interrumpir las clases. No consiente que la policía o oficiales de la escuela busquen su propiedad, pero no resista físicamente o usted puede encarar los cargos criminales.
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El derecho de ser Libre de "Búsquedas y los Ataques no razonables”. La policía o el gobierno no le pueden buscar en su hogar o oficina sin su consentimiento o una orden judicial.
- Si un oficial toca su puerta, no la abra.
- Pregúntele al oficial, a través de la puerta cerrada, que se identifique.
- A través de la puerta cerrada, pregúntele al oficial si tiene una orden judicial.
- Si el oficial contesta que si, no abra la puerta todavía. Pídale al oficial que le muestre la orden judicial y que se la pase por debajo de la puerta.
- Cuando revise la orden, busque su nombre, su dirección y una firma. Si la orden de Inmigración parece ser valida, usted debe salir de su hogar para hablar con el oficial. Tiene el derecho de prohibirle al oficial que entre a su hogar. Esto es importante para proteger familiares con problemas de Inmigración dentro de su hogar. No abra la puerta si el oficial no le muestra una orden judicial.
- Si el oficial le pide permiso para entrar a su hogar (cuando le pida su consentimiento) diga “yo no consiento a una búsqueda.” No conteste cualquier preguntas.
- Sin embargo, su compañero(a) de habitación o un huésped puede consentir legalmente a una búsqueda de su casa si la policía cree que esa persona tiene la autoridad para dar el consentimiento y su empleador también puede consentir a una búsqueda de su oficina.
NOTA: Esta información ha sido obtenida del Gremio Nacional de Abogados y el National Immigration Law Center. La información contenida en esa publicación, no es un consejo legal. Si usted o alguien que conoce ha sido detenido debe contactar un abogado de inmigración.
C.A.S.A. es una organización sin animo de lucro establecida en 1994 destinada a la protección de la comunidad hispana. Sus esfuerzos se focalizan en asistencia a las familias inmigrantes a través del desarrollo de servicios de inmigración y ayuda social
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